miércoles, 29 de junio de 2016

SVS y su Responsabilidad en la Decadencia del sistema de Pensiones (Parte II)





En la columna anterior se planteó que la SVS es responsable de haber permitido y fomentado que la operación del sistema de pensiones, en su dimensión Rentas Vitalicias (RV) de las Compañías de Seguros de Vida (CSV), se haya alejado de su diseño original, que garantizaba el pago a todo evento a los pensionados. Todo lo anterior, vestido de la legalidad y formalidad correspondientes dadas por circulares y normativa que entregan una falsa sensación de supervisión y control, y, lo peor, una falsa sensación de seguridad a los jubilados. Las CSV son también responsables de la decadencia del sistema de pensiones en seguir vendiendo RV que no pueden pagar en ambiente seguro, haberse enriquecido en la pasada y no haber advertido el paso en falso a la Autoridad.

¿Cómo se llegó a esta gran embarrada? Básicamente por dos errores conceptuales graves.

Primero, la falacia del retorno esperado para proyectar flujos futuros sin considerar el Equivalente Cierto de los instrumentos. Este error lleva a creer que el retorno esperado de instrumentos con riesgo domina a los instrumentos estatales triple A, especialmente en plazos largos.

Segundo, la tasa de interés de cero riesgo, en el contexto del diseño del sistema y su coherencia con la mayor incertidumbre y la destrucción creativa. Se pensó primero que no iba a bajar o que su caída era puntual, y quizás ahora se piensa que va a volver a subir (pero la SVS o una CSV no deben jugar con eventos que no pueden controlar y que corresponden a fenómenos mundiales).

Dichos errores conceptuales llevan, a su vez, a diagnósticos, medidas y acciones equivocadas en las RV, las que terminan en la grave cuasi-pirámide actual.

Dado que un compromiso de RV se debe pagar a todo evento, es decir, es libre de riesgo de no pago, debe necesariamente ser valorizado a una tasa libre de riesgo sin añadiduras. Ningún economista serio diría que flujos que se deben pagar a todo evento deben ser descontados a una tasa que no sea libre de riesgo. Pero eso no es lo que hacen las CSV ni lo que exige la SVS. La RV se debe valorizar a la tasa libre de riesgo no porque tenga pagos conocidos, sino porque por su diseño y de acuerdo a lo que establece la Ley, su pago debe ser seguro. Ese es el producto que se ha vendido y publicitado: un flujo sin riesgo de no pago.

Se podría argumentar que la RV se debe valorizar a una tasa que refleje el riesgo de la CSV que la emite. Si el jubilado pudiera descontar los flujos futuros de su pensión en el mercado, probablemente la tasa que el mercado aplicaría no sería la libre de riesgo. Este razonamiento reconoce implícitamente que la CSV está operando con un riesgo y por tanto la RV tiene riesgo de no pago, que es precisamente el punto en cuestión. ¡Pero ese riesgo no puede ser traspasado al jubilado! Si el pensionado pudiese vender sus flujos por cobrar en el mercado, él va a decir que son flujos seguros, sin riesgo de pago y por lo tanto, deberían ser descontados a la tasa libre de riesgo (él esperaría eso); si el mercado le aplica otra tasa (con riesgo), entonces el flujo NO es seguro y el jubilado se llevará una “sorpresa”; no fue lo que le vendieron y tendrá todo su derecho a llevar su caso al tribunal.

Si la RV se valorizara a una tasa que refleje el riesgo de la CSV que la emite, esto sería otro producto que no se llama Renta Vitalicia, y podría ser equivalente a comprar un bono de la CSV. Pero eso no es lo que se le dice al jubilado cuando se le vende una RV. Recordemos que el jubilado ni siquiera tiene la opción de retirar su plata. Entonces el tema es muy delicado. Un razonamiento de este tipo equivale a decirle al jubilado: páseme sus $X millones ahorrados, yo le prometo una RV al Y% hasta que se muera, pero existe alguna probabilidad que no se la pague completa. ¿Cree usted que así lo perciben los jubilados? ¿Así lo publicitan? ¿Cree usted sinceramente que los jubilados aceptarán ello?

Para tenerlo claro: si la CSV ofreció un Y%, y para ello debe asumir riesgo en sus inversiones, es problema de la CSV, no del jubilado; a él le hicieron una promesa concreta, que no depende de las decisiones de inversión posteriores (en este punto nos podremos dar cuenta que la situación de las CSV es más complicada que la de las AFP). Traspasar el riesgo al jubilado va en contra del diseño y del espíritu de la Ley y más encima, sería publicidad engañosa, y peligrosamente engañosa considerando el analfabetismo financiero.

Estimado lector, llámele engaño, estafa, dolo, cuasi-pirámide o como quiera, lo concreto es que la CSV prometió una pago cierto (por Ley), pero existe algún riesgo que se aplique tijeras a la ya escuálida pensión, y en el extremo, que no se pague.

Se podría pensar que, como el pasivo no es exigible todo de una vez, el problema que describo es más bien "contable", que real. Otro error, porque seguir operando en estas circunstancias agrava más el tema; agranda el déficit. ¿Qué pasaría si se decreta una Ley que permita disponer de todos sus fondos a los 65 años, similar a Perú? ¿Y otra Ley que permita a los ya jubilados retirar el saldo (bien calculado) de la CSV que paga su RV? ¿Qué ocurriría a nivel sistémico cuando la primera CSV tenga un tropezón? ¿Qué pasará cuando se destape la olla?

 

Pensar que la garantía estatal cubriría las diferencias también es peligroso, porque en el minuto en que éstas operen, equivaldría a un sistema de semi-reparto en el cual pagan todos los chilenos, se pondría en serio cuestionamiento un sistema de pensiones que originalmente fue una buena idea, y dejará en el camino a varias CSV que no tienen espaldas financieras para reponer el cuantioso capital que se requiere. Sería el fin del sistema.

 

Tarde o temprano este tema se va a tener que sincerar, y no hay que esperar que explote. Dentro de este sinceramiento, hay que darle la opción a las personas para que retiren su plata (bien calculada) y ofrecerle, alternativamente, esta cuasi-RV descontada a la tasa de riesgo de la CSV, pero plenamente informado y publicitado, o más drástico, volver a las bases del diseño, donde la única forma de calzar en plazo y riesgo un pasivo que se debe pagar a todo evento, es teniendo inversiones libres de riesgo y haber prometido una rentabilidad (en la RV) menor que la tasa de retorno del activo, de tal forma que la diferencia cubra los gastos de administración de la CSV.

 


Iván Rojas B.

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